miércoles, 29 de mayo de 2013

CASOS PRÁCTICOS

Me gustaría proponer algunos casos para debatir y discutir sobre algo físico y tangible. ¿Qué podría opinar una persona defensora de la autonomía? ¿Y la defensora del bienestar? ¿En qué casos el lícito sobreponerse a la libertad de un individuo para hacer lo mejor para el bienestar social? y, por el contrario, ¿en qué casos podríamos disminuir el valor del bienestar social para imponer la decisión del individuo? Desde luego, la respuesta no es sencilla.

1.      Un caso que estamos viviendo actualmente es el de los desahucios. Desde luego, la persona desahuciada no quiere dejar su casa, en este caso, si la obligamos a marcharse, estaríamos actuando en contra de su voluntad, de su autonomía para buscar el bien común. Este bien sería el que buscan los bancos. Si permitimos a una familia que deje de pagar la hipoteca sin consecuencias, todo el mundo optará por hacerlo. Desde mi punto de vista, en este caso, la solución correcta sería actuar en contra de lo que marca el bienestar general, dado que se trata de una situación injusta. Las leyes en general, miran por el Bienestar de la sociedad y no se centran en el individuo ni en sus casos, creo sinceramente que antes que imponerlas, es necesario observarlas con cautela.

2.    El caso de una persona que, bajo el secreto profesional nos ha contado que padece una enfermedad sexual venérea grave y no  lo ha comentado con su pareja con la que mantiene relaciones sexual no seguras es un caso que llevamos observando y escuchando desde el principio de la carrera. Aún no hemos encontrado una solución adecuada para este problema. Desde la autonomía, trataríamos de conseguir que la persona enferma hablara con su pareja argumentándole las ventajas de ello pero, en caso de que no quisiera, por el bienestar de ambos, podríamos contárselo sin consentimiento, sin embargo, de esta forma romperíamos la confianza de esa persona en nosotros, burlando el secreto profesional e impidiendo que puedan realizarse nuevas intervenciones con el sujeto.

Este dilema se presenta muchas más veces, cuando el trabajador estima conveniente romper la confidencialidad o se pregunta sobre si debe hacerlo o no, cuando el trabajador social realiza informes que leerán otras personas… También podemos encontrarnos en esta situación al acudir a testificar a un juicio en el que se ha visto involucrado un paciente, momento en el cual debemos decidir si romper la confidencialidad o respetar la ley en lo que concierne a decir la verdad en el juzgado.

3.    Un caso más concreto es el de Pedro es un hombre soltero de 59 años que lleva conviviendo con una depresión endógena severa desde hace unos 20 años y en el último año le han diagnosticado un cáncer de laringe (en cuya intervención le quitarán las cuerdas vocales y se le realizará una traqueotomía, quedándose sin habla). En una de las entrevista con la trabajadora social, le comenta que ha puesto sus asuntos en orden y que tras tantos años con la depresión y el diagnóstico recibido, ha pensado suicidarse tomando una sobredosis de ansiolíticos, ya que no quiere pasar el último tramo de su vida en el hospital o quedar limitado de por vida por la laringuectomía. 

Teniendo en cuenta la autonomía, la  libertad de la persona y la competencia, Pedro tiene derecho a la autodeterminación y la libertad de elegir que quiere hacer con su propia vida, siempre teniendo en cuenta si es competente para tomar esta decisión. A este principio habría que sumar lo citado en el artículo 17 del Código Deontológico español donde textualmente “El Trabajador Social debe respetar las opiniones, criterios y decisiones que el usuario/cliente tome sobre su propia existencia, aunque no los comparta”. Sin embargo, si tenemos en cuenta el principio de protección de la vida y el bienestar de Pedro, la trabajadora social tendría que intervenir evitando que Pedro se suicidara (al menos en los momentos posteriores a la comunicación). En relación a esto entraría en juego el principio de confidencialidad, ya que de intervenir se tendrían que tomar medidas implicando a terceros profesionales debidamente informados, por tanto se les transmitiría la información estrictamente necesaria para su posterior tratamiento. Sin embargo, en este caso habría que tener en cuenta la calidad de vida que tendría Pedro en el futuro y los intereses de Pedro.

5.    He leído el caso de una madre soltera con cuatro hijas en adopción y/o acogimiento familiar. Actualmente no está utilizando ningún método anticonceptivo y según su situación, en caso de quedarse embarazada, de nuevo Menores se lo retiraría directamente en el hospital. Es un tema que ella no quiere tratar. En este caso, la autonomía de la persona dicta que dejemos que siga con su conducta, no quiere hablar del tema ni quiere utilizar protección con su pareja, sin embargo, para obtener el bienestar es necesario cerciorarnos de que toma precauciones a la hora de tener relaciones, para evitar males mayores más adelante.


A la vista de estos casos puede observarse que posicionarse en autonomía o bienestar resulta harto complicado, de forma que, en cada caso, como profesionales responsables, debemos decidir qué es lo mejor en términos generales y no dejarnos llevar por una idea genérica y teórica de qué es lo que está bien.

TERESA DÍAZ DE ATAURI
¿POLÍTICA SOCIAL Y/O ECONÓMICA?

¿QUE ESTÁ PASANDO CON EL ESTADO DE BIENESTAR?
¿HACIA DONDE NOS QUIEREN LLEVAR?
¿LA POLÍTICA SOCIAL PASA A UN SEGUNDO APARTADO?
Ahora que tanto se habla del estado del "malestar", conviene quizás remontarse a los orígenes del estado del bienestar para comprender mejor lo que está en juego. "La idea surge tras la devastación causada por la Segunda Guerra Mundial en Europa. Los partidos democráticos llegan a un consenso para dar 'protección' a los ciudadanos. Se trata en el fondo de intentar crear una sociedad más justa, con un reparto más equitativo de la riqueza entre la población y con el ideal del pleno empleo".
Tomás Fernández-García, 62 años, profesor titular de Trabajo Social en la UNED, lleva casi toda su vida profesional dedicado a la persecución de ese escurridizo "ideal", vapuleado ahora por la cruda austeridad. A la dura encrucijada le ha dedicado un extenso artículo -'El estado del bienestar frente a la crisis política, económica y social'- en el que arremete contra el neoliberalismo rampante por estar creando "situaciones de pobreza y exclusión social que no veíamos desde hace cuatro décadas".
¿Qué nos quedará del estado del bienestar?
Las situaciones de pobreza, paro, precariedad y falta de vivienda en España son ya intolerables.En los últimos cinco años hemos dado un paso atrás de varias décadas. Yo sigo reivindicando ese modelo que nos permitió alcanzar altas cotas de igualdad y solidaridad colectiva, frente a la codicia y la especulación de las élites económicas, que han sido las auténticas causantes de la crisis"."Nos quedará la capacidad para seguir luchando por los derechos sociales que tanto nos costó lograr. Yo sigo teniendo una gran esperanza en la capacidad de los ciudadanos para forzar los cambios desde la calle. No sé cuánto tiempo más puede durar este ataque feroz contra el modelo que ha permitido que millones de personas accedan a una vida digna, pero imagino que tendrá un límite, porque el sistema necesita del consumo de las clases medias y no se las puede seguir destruyendo como hasta ahora".

EL MEJOR Y EL PEOR DE LOS CASOS

"En el mejor de los casos, volveremos a conseguir algunos grados de bienestar, pero siempre estaremos muy por debajo de lo que tuvimos hace apenas cinco años, cuando los gastos sociales eran el 20% del PIB. Ahora debemos rondar el 13% o 14%, uno de los más bajos de Europa. Hay ya más de un millón de familias totalmente desprotegidas, y quienes más van a pagar la factura van a ser van ser las mujeres, los niños y los mayores. No tardaremos en perder nuestra posición privilegiada entre los países con mayor esperanza de vida".


De aquella experiencia surgió un vínculo que dura hasta ahora y que siempre tuvo como telón de fondo aquella lucha desigual (aunque había traficantes entre los marginados, y también policías de dudosa reputación que saltaban con pasmosa familiaridad entre los dos bandos)
La crisis nos afecta a todos, pero la capacidad de defensa es muy diferente según el lugar que se ocupe en la distribución la renta. La desigualdad económica es cada vez más grande. Los ricos son cada vez más ricos, y los pobres cada vez más pobres. Y lo cierto es que no podrán salir de esa situación de exclusión sin el apoyo del Estado.
JAIRO GARCIA APARICIO
EL PROYECTO DE UNA NUEVA SOCIEDAD, PROYECTO DE AUTONOMÍA SOCIAL E INDIVIDUAL


Ese proyecto, que en las palabras de Castoriadis, “…es creación política en su sentido más profundo, y cuyas tentativas de realización, desviadas o abortadas, han informado ya a la historia moderna”, está alimentado por la pasión de la autonomía, la cual, como dice Yago Franco, conduce a un ilimitado movimiento de cuestionamiento de lo instituido; es decir, como una “actividad constante de desinstitución de todo lugar-amo”, cuyo ejercicio es placentero en tanto nos posibilita darnos nuestras propias leyes, proporcionarnos de una manera lúcida un modo de lo social opuesto a la heteronomía, concebida ésta como un estado del colectivo en el cual la ley nos es impuesta o nos es dada aún en ignorancia de lo que sucede. Pues, como afirma este autor, “Las sociedades tienden a crear a un Amo de la significación, una instancia vivida como exterior a ellas, que tomará la forma de procedimientos de funcionamiento político, orden jurídico-legal (apropiado por una parte de la sociedad que domina a la otra), o tiranos, brujos, etc., todos vividos como naturales, incuestionables, originados en leyes divinas, o en héroes de una historia devenida novela, etc.”

Pasión por un principio en este tiempo en el que somos víctimas de los efectos del avance de la insignificancia, expresados, entre otros, en la pérdida de orientación para la vida colectiva e individual; y también en circunstancias y lugares donde nos amenazan prácticas totalitarias que persiguen, sutil o abiertamente, el secuestro de nuestras subjetividades y la prohibición de pensar críticamente, ávidas de tener almas rotas subordinadas incondicionalmente al poder. Con toda razón se señala que la noción de autonomía se encuentra en las antípodas de todo totalitarismo.

Es la pasión por la autonomía a la que otros autores también le han prestado atención con ópticas y herramientas conceptuales distintas, como Anthony Giddens, quien se refiere a dicho concepto como “la capacidad de los individuos de reflexionar por sí mismos y de autodeterminarse”, de tal manera que éstos, con base en sus propios criterios, puedan “deliberar, juzgar, elegir y actuar en diversos modos posibles de acción”. Pasión por un principio, según el cual se les reconoce a los individuos iguales derechos y obligaciones en la determinación de las condiciones de sus propias vidas, sin que ello, por supuesto, niegue los derechos de los demás.

Jairo García Aparicio
3º Trabajo Social
Ética y deontología del T.S.

martes, 28 de mayo de 2013

ESCOLARIZACIÓN=INTEGRACIÓN??

Daniel tiene 10 años y lleva cuatro y medio sin ir al colegio. Es un niño con autismo y sus padres prefieren tenerle en casa antes que escolarizarle en un centro de educación especial; exigen que se le atienda en un colegio ordinario con los apoyos que hagan falta. Pero la Junta de Castilla y León  insiste en que el centro específico es la mejor opción, dadas las grandes necesidades de atención del chaval. Los tribunales de Palencia y el Superior de Justicia de la comunidad dieron la razón al Gobierno autónomo, pero ahora el Tribunal Constitucional acaba de admitir a trámite el recurso de amparo de la familia para revisar su caso.
Además, pesa sobre los padres una denuncia de abandono, ya que la escolarización es obligatoria por ley en España desde los 6 a los 16 años. Sabino Herrero, director provincial de Educación, dice que no tuvieron más remedio que informar del absentismo continuado a la Fiscalía de Menores, con lo que el proceso se puso en marcha, y recuerda que hay al menos cinco informes de especialistas psicopedagogos realizados en distintos momentos que no dejan lugar a dudas sobre la necesidad de atender al chico en un centro especial.
 “¿Cómo pueden hablar de abandono? Si me paso las 24 horas del día con él”, se queja por teléfono Azucena Ortega, la madre de Daniel. Ortega, de 45 años, cuenta que nunca aceptaron que su hijo vaya a un centro de educación especial, por lo que prefieren tenerle en casa. “Hacemos nuestros ejercicios de lectura global (con dibujos y letras), y trabajamos los números”, explica la madre. Está convencida de que tiene todo el derecho de exigir que su hijo vaya al centro ordinario, y a que la consejería ponga todos los medios posibles para que sea así.
La ley dice que el principio que debe guiar la educación de los menores con discapacidad (sea psíquica o física) es la inclusión, es decir, la integración en centros ordinarios de estos chavales. Sin embargo, admite que las Administraciones valorarán la necesidad de llevarles a otros centros especiales, aunque esto “solo se llevará a cabo cuando sus necesidades no puedan ser atendidas en el marco de las medidas de atención a la diversidad de los centros ordinarios”, señala la norma en vigor (LOE, 2006).
La sentencia de octubre del año pasado del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, tras la lectura de esos informes, concluye: “Daniel necesita algo más, mucho más que ajustes razonables respecto a lo que precisan sus compañeros de edad similar [...] Una cosa es que Daniel, con su total dignidad de persona tenga derecho a la educación y a integrarse en la educación ordinaria y a que se le presten ayudas y apoyos para lograrlo y otra muy diferente que toda la educación ordinaria de un aula ordinaria se transforme, de hecho, en un aula especial solo en su favor; ello excede la razonabilidad”, señala el fallo.
De nuevo quiero abrir un debate entre bienestar y autonomía, deberían estos padres resignarse y llevar a su hijo a un centro de educación especial o por el contrario tienen derecho a educarle en casa "a su manera". El tribunal constitucional ya ha dejado claro que una vez más predomina el bienestar frente a la autonomía.

NEREA CALLENS BARQUERO


lunes, 27 de mayo de 2013

¿INTERNAMIENTO LEGAL?

El Bienestar como concepto general que engloba a la sociedad puede ir en contra del bienestar de personas individuales. En estos casos, las labores profesionales son harto complicadas, de ahí surge el dilema Autonomía VS Bienestar.

Las personas tienen derecho a la libertad física y mental, pero si una persona es un peligro para sí misma o para los demás, la sociedad tiene el poder (o el deber) de encerrarle privándole de su libertad física para impedir que haga daño. Es el caso de tantas personas encerradas en instituciones penitenciarias o mentales.
Todos estaremos de acuerdo en que si una persona dedica su tiempo a asesinar a otras personas, la mejor solución para el bienestar de la sociedad será mantener a esa persona en un lugar que impida que vuelva a cometer esos actos pero, ¿ocurre lo mismo con otro tipo de delitos como el tráfico de drogas o la falsificación? Y, volviendo sobre el tema de la legitimidad de las leyes ¿Quién decide quién entra y quién sale y porqué tiene ese poder? ¿Quién debe marcar que es bueno o qué es malo? El límite es necesario ponerlo en algún sitio. Podríamos pensar que un traficante no hace daño a nadie directamente, simplemente expone un producto, se hace daño uno mismo si lo compra y lo consume, pero hay delitos que no pueden analizarse tan fácilmente, ni frente a los cuales puedes posicionarte de una manera clara, es por ejemplo, el caso de un extorsionador o de un ladrón, quizás no hacen daño físicamente a nadie, pero el extorsionador daña la calidad de vida del extorsionado pero, ¿le daña si son mentira sus amenazas? ¿No es un caso similar el de un banco que amenaza con quitarte la casa si no pagas la hipoteca?... Y el ladrón ¿Si roba a un banco, hace daño a personas individuales? ¿Y si roba para poder dar de comer a su familia porque no encuentra trabajo?...

Al margen de la dificultad de estos casos, damos por sentado que las personas que ingresan en la cárcel, voluntariamente han cometido en actos que sabían que eran ilegales utilizando su libertad para llevar a cabo acciones que se supone, no debían hacer. Sin embargo, en el caso de una persona internada en una institución mental no ha cometido tales actos.

Antiguamente, a estas personas se la encerraba sin consultarles, sin que fuera necesario pedir su conformidad con el internamiento, se las encadenaba si no seguían unas reglas, se las medicaba sin consentimiento de nadie, salvo de los médicos que allí trabajaban. Medicación realmente fuerte que dejaba a estas personas sin ninguna capacidad, medicación que les hacía ser “dóciles” y que no molestaran. En este caso, no solo se privaba a las personas de la libertad física, también se las privaba de su libertad de pensamiento que se veía perjudicado por la fuerte medicación. Y todo esto, cuando el único delito de la mayoría de estas personas era estar enfermo o, en el peor de los casos, dependiendo de cuánto nos remontemos al pasado, ser homosexual o mantener una relación interracial.

Afortunadamente las cosas están cambiando, y ahora la ley ampara a estas personas. En España el internamiento psiquiátrico está regulado por el Código Penal, el Código Civil y la Ley General de Sanidad. Según el artículo 17.1 de la Constitución española "toda persona tiene derecho a la libertad y a la seguridad. Nadie puede ser privado de su libertad, sino con la observancia de lo establecido en este artículo y en los casos y en la forma previstos por la ley".

España el internamiento psiquiátrico está regulado por el Código Penal, el Código Civil y la Ley General de Sanidad. Según el artículo 17.1 de la Constitución española "toda persona tiene derecho a la libertad y a la seguridad. Nadie puede ser privado de su libertad, sino con la observancia de lo establecido en este artículo y en los casos y en la forma previstos por la ley".

La Ley de Enjuiciamiento Civil 1/2000 de 7 de Enero ha derogado el artículo 211 del Código Civil, que es sustituido por el 763 de la Ley 1/2000 que bajo el título “Internamiento no voluntario por razón de trastorno psíquico” contempla que: "El internamiento, por razón de trastorno psíquico, de una persona que no esté en condiciones de decidirlo por sí misma , aunque esté sometida a patria potestad o tutela, requerirá autorización judicial, que será recabada del Tribunal del lugar donde resida la persona afectada por el internamiento(…)”.

El internamiento judicial es siempre un caso excepcional que debe velar por el bienestar de la persona implicada y buscando siempre el trato más humano para ella.

Sin embargo, a pesar de las decisiones de jueces e individuos ¿Quién otorga el poder de condenar a una persona al internamiento? Un único juez es el que decide en los casos de pena penal e internamiento psiquiátrico no voluntario.

TERESA DÍAZ DE ATAURI

domingo, 26 de mayo de 2013

Ser el cambio

Podemos escuchar en muchas personas, sobre todo de edad avanzada, hablar de cómo ha cambiado la vida, señalando muchas veces el camino negativo que se ha tomado.

Antes las sociedades eran diferentes. Las personas se conocían, las relaciones sociales eran mayores, tanto en la familia como con personas del ámbito extra-familiar. Frente a esta visión se sitúan las sociedades modernas, caracterizadas por el individualismo. Entonces, ¿hemos pasado de sociedades a individuos? ¿Hemos dejado atrás el bienestar común para dar paso a un bienestar individual? Muchas personas contestarían a ambas preguntas con un rotundo sí y no sería tan criticable. Tenemos ejemplos clave como la Revolución Francesa, el Levantamiento de los madrileños del 2 de mayo, y otros muchos ejemplos de fuerza común, de sociedades unidas con un mismo objetivo a conseguir, siendo muchas veces alcanzado por un todos, por un nosotros, y no por un tú o yo. A día de hoy podemos observar como, por ejemplo, el movimiento del 15M ha quedado para muchos en el olvido y como, para otros, ni siquiera existió. ¿Nos estamos convirtiendo en un simple yo? Es triste ver que esto puede ser cierto y que por ello estamos perdiendo muchas de las cosas que nuestros antepasados consiguieron con su esfuerzo y su lucha.

Hoy en día solo importa tener un trabajo, una casa, una vida normal. Pero nos olvidamos de lo importante, del bienestar social, común, de todos y para todos. Si esta idea tomase un cambio en la mentalidad de muchas personalidades que se encargan de este bienestar la situación cambiaria. Ayer vi el nombre de una película que perfectamente podría utilizarse para describir nuestra sociedad actual: Nadie conoce a nadie. Y es que es cierto, apenas conoces al círculo que te rodea pero los demás no importan. Muchas personas se preguntan por qué estudio trabajo social y mi respuesta es, porque si no, ¿quién lo hace?, es decir, ¿quién se ocupa de eso que nadie quiere hacer, de esas personas que nadie quiere ver? Nos estamos volviendo cada vez más fríos y distantes, dando escasa importancia al dolor de los demás.


No sabría decir qué fue primero, si una sociedad desinvolucrada o unos individuos desesperanzados y vacíos. Aún no sabemos dónde está la solución, muchas personas ofrecen un cambio pero no son escuchadas, el interés es otro. No sé si sólo soy yo la que tiene miedo de encontrarse en una sociedad más individualista aun o si por el contrario existen más personas que comparten esta idea y esperan que de nuevo se produzca una revolución social que nos permita salir de esta espiral de absurdo e inútil vacío. Siempre ha resultado muy fácil quejarse de la situación pero no hacer nada al respecto, idea a la que Gandhi respondía con su frase “Sé el cambio que tú quieres ver en el mundo” (Be the change that you want to see in the world), algo que si fuese llevado a cabo por, aunque fuese un número pequeño de la sociedad, podría llevarnos a alcanzar grandes cosas, dejando de lado nuestra preocupación por el yo e intentando trabajar por ese cambio que todos esperamos.

Carmen Diego Seller

El miedo como ejemplo de la relación sociedad-individuo

Hay conductas colectivas, como el hecho de taparse los ojos por miedo en el mismo momento, que son reconocidas como conductas en masa. Se entiende como una manifestación del miedo, pánico, de una fuga de la colectividad… en el que se acentúa la acción “sin actores” como una suma accidental de individuos (Le Bon y Tarde), para los que los motivos que surgen de esa interacción son producto de una “muchedumbre irracional”. 

Si observamos esta idea podríamos entender el hecho de que sería la sociedad la que extendería el miedo entre los individuos, pero, mi pregunta es: ¿no nace el miedo primeramente de un individuo? Es decir, todos sabemos que el fuego nos quema si lo tocamos y de esa forma nos hace daño porque hubo un primer individuo que se quemó al hacerlo, empezando así ese miedo a ser quemados.

El miedo es una de las conductas colectivas (o conductas en masa) más conocidos y comprobados. Para ver su fuerza no tendríamos más que echar a correr una o dos personas con miedo en el rostro para que seguidamente algunas otras personas mirasen al lugar observado por los que huyen y, muy probablemente, intentasen correr después.

Pero esto sigue sin responder a nuestra pregunta porque, ¿es verdad que un simple individuo puede generar miedo en toda una sociedad? Podríamos decir que sí, si observamos situaciones extremas como dictaduras, en las que una sola persona lleva el mando de la sociedad y con él llena de miedo a sus ciudadanos. Pero bien es cierto que esa persona no trabaja sola, entonces este hecho no sería del todo cierto, ya que se tiene miedo no solo al gobernante, sino a los que a él le siguen y a los que por el trabajan. 

Otra pregunta que podríamos hacer sería: ¿influyen los demás en un individuo o es el propio individuo el que se encamina hacia lo que hacen los demás? No sería ninguna locura afirmar esto en algunos casos ya que, como todos podemos observar tanto en la vida propia como en la de los otros, hay múltiples aspectos en los que nuestro deseo es encaminarnos hacia lo que hacen los demás  compartir con ellos algún aspecto. esto, desde mi punto de vista, nos encaminaría otra vez hacia la inevitable unión sociedad-individuo, por la que ambos se necesitan y de la que ambos se alimentan. Y en este caso, el miedo sería un simple ejemplo que podría probar esta idea.


En resumen, creo que en el miedo, como en otras muchas conductas, la sociedad toma un papel importante influyendo en el individuo. Un conjunto de individuos siente ese sentimiento y, de una manera u otra, se lo transmite a otros individuos, generándose así una conducta social. El miedo sería un ejemplo como otros muchos que pudiésemos redactar, pero es una pena que éste sea un caso tan fácil de aplicar a las sociedades y el bienestar no, teniendo este que ser promovido por unos pocos y seguido por otros pocos, encontrándonos en un camino hacia el bienestar que transcurre lento, esperando la sociedad una ayuda extra que le haga ir más rápido en ese camino.

Carmen Diego Seller

miércoles, 22 de mayo de 2013

La ley del Mennón


La secta de los menonitas es un desprendimiento de sus antecesores, los Anabautistas, quienes se separaron de las iglesias luteranas y reformadas en Holanda y Suiza durante el siglo XVI. Fue un sacerdote católico holandés con doce años de ministerio, Menno Simons, quien le dio nombre a su movimiento. En 1543 se une a la secta de los Anabautistas, la modifica, la reorganiza y da origen a los llamados Menonitas.

La "ley del menón", regula el cumplimiento de la doctrina y los modos de vida propios de esta secta.

Su aprendizaje se centrará en el estudio de la Biblia y aritmética básica. "Los menonitas estudiamos lo justito para hacer la vida en la granja. Si los jóvenes saben mucho, igual quieren marcharse". En estas sociedades patriarcales, los varones están destinados a ocupar todos los cargos dirigentes. Sus cánticos parecen hasta esperpénticos al escucharlos, desafinados y por supuesto ininteligibles. Como libro, solamente la Biblia, el resto de materias no merecen suficiente atención como para tener libros y se conforman con lo más básico e indispensable para poder comunicarse y vivir.

No venderán sus tierras a nadie que no sea de su propia secta y los títulos de propiedad los guarda el Jefe, que es quien supervisa al final todas las operaciones. Como los miembros de esta secta se casan siempre entre ellos por reglamento, es frecuente que muchos nazcan con malformaciones genéticas. El bautismo nunca debe hacerse a los recién nacidos, porque consideran que este sacramento sólo debe practicarse cuando la persona libremente lo solicita, luego de haberlo considerado en conciencia como necesario.

Rechazan el concepto de nación, por eso viven aislados de la comunidad, generalmente en medio del campo. También se oponen a la guerra y al servicio militar.

La agricultura es su principal modo de subsistencia. Se trabaja para la comunidad y los frutos de esa labor se reparten entre todos los miembros, por lo que nunca le falta a nadie ni alimento ni vestido. Está prohibido acumular riquezas. Cualquier excedente de producción se debe utilizar siempre para producir más y los sobrantes de esa producción, si no se consumen en la comunidad, son vendidos al exterior.

Los menonitas consideran a los elementos de la modernidad como incompatibles con su doctrina;  por ello practican una vida sencilla y apegada a tradiciones antiguas. En la mayoría de las comunidades no está permitido el uso de la electricidad, el teléfono y los automóviles y mucho menos internet. Se trasladan en antiguos carruajes tirados por caballos y las compras en los almacenes-tienda, las realiza el hombre, mientras la mujer se limita a esperar en el carruaje.

No han oído hablar de personajes como Michael Jackson, Madonna, Messi o Maradona. Ni siquiera los más jóvenes. "La música también está prohibida", proclama Peter Groening, uno de los ministros de la colonia Nueva Esperanza en Bolivia. "Aturde el espíritu, lo mismo que el alcohol. Es más peligroso en los jóvenes, que sienten curiosidad por todo. A veces hemos tenido problemas con drogas. Eso es mucho más grave".

Según la "ley del menón", no pueden acudir a espectáculos públicos como el cine y el teatro, ni pueden cantar ni bailar fuera de la iglesia. Tampoco pueden practicar deportes porque se los considera una manifestación de violencia. Evitar el progreso es una de las características de los menonitas. Sin teléfono, ni televisión, ni Internet, se mantienen desconectados del mundo, "fuente de tentaciones".

En el reportaje que realiza Adela Ucar de 21 días, se proyecta la forma de vida de los menonitas, convive durante 21 días con una familia de menonitas cuyo hiijo pequeño que tiene 3 años sufre parálisis cerebral, el problema del menor convive con la falta de tecnologías sanitarias y de cualquier tipo ya que ni siquiera disponen de luz eléctrica.

Incito con este caso al debate que se suscita entre Bienestar y Autonomía. ¿Debería el Estado permitir que un menor con parálisis cerebral viva en esas condiciones que pueden agravar su enfermedad por las creencias religiosas de sus padres? o por el contrario ¿es lícito que los padres antepongan sus creencias al bienestar de su hijo enfermo?

Nerea Callens Barquero 


Sanidad y bienestar social


El martes 24 de abril de 2012 se publicó en el BOE el Real Decreto-ley 16/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud y mejorar la calidad y 
seguridad de sus prestaciones, en el que incluye el pago de prótesis ambulatorias (férulas, sillas de ruedas, muletas) y transporte sanitario no urgente, ya que se han considerado productos/actividades de "servicio accesorio". 


Hace pocas semanas en varios medios de comunicación saltó la noticia de un joven valenciano operado de la rodilla, al cual, por no poder abonar un importe de 152 euros se le retiró la prótesis externa, ya que dicho producto ortopédico está sometido a copago. Este tipo de productos están sometidos a copago en función de la renta que disponga el enfermo, y en este caso, según fuentes de la Consejería de Sanidad “la aportación del paciente correspondía 30 euros, ya que los 122 euros restantes los abonaría la Generalitat posteriormente”.  

Según el paciente, él no era consciente de que tenía que pagar cuando salió del hospital con la prótesis ya incorporada; y la trabajadora de la empresa que suministra estos productos se la retiró de acuerdo a la opinión médica. A los pocos días del suceso, la familia y el joven acudieron al Hospital Arnau de Vilanova donde le colocaron otra prótesis que le ha proporcionado un vecino de Llíria.
Desde el año 2010, la sanidad en la Comunidad Valenciana implantó  el copago en las prótesis externas, tales como muletas o corsés; esta medida está vigente en otras comunidades autónomas, pero todavía no dispersa por todo el Estado. Este copago consiste en presentar la factura del producto a la Consejería de Sanidad, y la Administración valenciana reembolsa el importe exceptuando la aportación que realiza el paciente (el copago correspondiente).

Según el articulo 43 de la Constitución Española "1. Se reconoce el derecho a la protección de la salud. 2. Compete a los poderes públicos organizar y tutelar la salud publica a través de medidas preventivas y de las prestaciones y servicios necesarios. La ley establecerá los derechos y deberes de todos al respecto" Lo que hace comprobar con dicho articulo, es que con el nuevo Real Decreto anteriormente señalado, introduce una gran restricción y recorte de derechos, ademas de la imposición de copagos elevados a los ciudadanos. Por lo tanto, aunque el gobierno con estas nuevas medidas quieren mejorar nuestro sistema sanitario publico, deberían de analizar exhaustamente cada disposición impuesta.

Rebeca Fernández.


miércoles, 15 de mayo de 2013

NOTICIA BIENESTAR SOCIAL

(Barcelona, publicado en el periódico El País el 08/05/13)

Bajo el título de: "El 40,8% de los jóvenes sin emancipar aportan el 25% de ingresos en casa"

La consejera de Bienestar Social, Neus Munté adelanta cifras de la Encuesta de Juventud que desmonta mitos.
"Los jóvenes catalanes no son tan ni-ni. Si viven con sus padres no es por conveniencia, si no por necesidad. A las dificultades para encontrar una vivienda a precio asequible se añaden los obstáculos para acceder al mercado laboral que retrasa su emancipación."

Estos son algunos de los apuntes que se ofrecen en la noticia. De todos modos por si a alguien le interesa leerla os dejo el link: 

http://ccaa.elpais.com/ccaa/2013/05/07/catalunya/1367954615_418950.html


 Me ha parecido interesante mostraros la noticia ya que creo que tiene bastante que ver con el tema de Bienestar Social. Antes en la entrada anterior os hablé sobre este concepto y anteriormente también mis compañeros han hecho mención al tema de que el Bienestar Social engloba la idea de tener una vivienda, un trabajo digno,... y esto ante la situación que está pasando el país desde hace unos años es difícil de alcanzar.

TAMARA RUBIO MADRID

BIENESTAR SOCIAL COMO CONCEPTO


Bienestar social esta definido como el conjunto de factores que participan en la calidad de vida de la persona, dando lugar a la tranquilidad y satisfacción humana. Como concepto abstracto, el bienestar, posee una importante carga de subjetividad propia de cada individuo, para cada persona la idea de bienestar tiene un significado diferente. También apareciendo correlacionado con algunos factores económicos objetivos.

El Estado debe encargarse de promover el bienestar social entre todos sus ciudadanos. La redistribución de la renta y el desarrollo de servicios sociales libres y gratuitos para todas las personas son condiciones necesarias para alcanzar el Bienestar Social.

Bienestar Social es un concepto relativamente nuevo puesto que como indica Moix (1986:35) "con un sentido científico sólo se ha desarrollado recientemente al compás de y en conexión con los problemas sociales de nuestra sociedad industrial".

A pesar de la popularidad que hoy en día tiene este concepto existe una notable vaguedad tanto en su definición como en su utilización.Algunos autores lo emplean para designar "el conjunto de leyes, por una parte, y los programas, beneficios y servicios que por otra parte se establecen para asegurar o robustecer la provisión de todo aquello que se considera como las necesidades básicas para el bienestar humano y el mejoramiento social" (Ander-Egg, 1984:33); otras instituciones lo utilizan para referirse solo a una parte de tales leyes, programas y servicios.

TAMARA RUBIO MADRID