lunes, 1 de abril de 2013

Normas y Sociedad


Los seres humanos, como sociales que son, necesitan la sociedad. La sociedad, como constructo social que es necesita a los seres humanos para su subsistencia. Esta relación de interdependencia convierte al problema naturaleza-bienestar en un asunto tremendamente complejo, dado que la naturaleza de los seres humanos apela a que estos se revelen contra todo aquello que les constriñe, que coarta su libertad, que impide que desarrollen todas sus capacidades (aunque en realidad no quieran hacerlo). Los humanos se rebelan contra la sociedad, contra el Estado, pero no pueden sobrevivir sin ellos, de este modo, es comprensible que las personas se subleven contra todo lo que les es impuesto desde el exterior, pero esta protesta, a menudo es inútil, dado que no podemos aislarlos y convertirnos en ermitaños permanentes desde el día en que nacemos hasta el de nuestra muerte. No podemos desempeñar a la vez el papel de carnicero, verdulero, panadero, zapatero, informático, sastre y más aún, nos es imposible desempeñar el papel de madre, padre, hijo, pareja sin alguien que nos acompañe…

El problema surge en el momento en que nos paramos a pensar en las normas de la sociedad. Desde mi punto de vista, habría que plantearse si estas normas son lícitas, si están diseñadas para la mayoría, si realmente surgen de un acuerdo mayoritario. Al ser muchas de las normas sociales de las sociedades occidentales designadas por unas pocas personas aleatorias (muchas veces elegidas por una mayoría mediante votación, pero ya se ha demostrado que los programas políticos mienten), ¿Hasta qué punto es lícito obligar a las personas a cumplirlas? ¿Hasta qué punto esto es legal, teniendo en cuenta el delito de coacción y el derecho a la libertad de expresión y de acto?

El artículo 172.1 del Código Civil  referente a la coacción dice:

1. El que, sin estar legítimamente autorizado, impidiere a otro con violencia hacer lo que la ley no prohíbe, o le compeliere a efectuar lo que no quiere, sea justo o injusto, será castigado con la pena de prisión de seis meses a tres años o con multa de 12 a 24 meses, según la gravedad de la coacción o de los medios empleados.

Cuando la coacción ejercida tuviera como objeto impedir el ejercicio de un derecho fundamental se le impondrán las penas en su mitad superior, salvo que el hecho tuviera señalada mayor pena en otro precepto de este Código.

También se impondrán las penas en su mitad superior cuando la coacción ejercida tuviera por objeto impedir el legítimo disfrute de la vivienda.

Sin embargo, dado que vivimos en sociedad, ¿hasta qué punto podemos permitir que una persona haga algo en contra del resto? ¿En qué momento la decisión de una persona individual raya tanto en la libertad de otro que es necesario cortar?

Vivimos en un momento de descontento tanto por causas económicas como sociales, se observa una gran tensión en la sociedad y nos encontramos en un ambiente de continua protesta y continuas manifestaciones contra el orden establecido, contra los gobernantes actuales, contra el sistema, al fin y al cabo. Escuchamos frases como “Vuestra crisis…”, “no nos representan”… Entonces me pregunto, en estos momentos, ¿podemos obligar a las personas a seguir unas normas contra las que se protesta?

Creo que es necesario buscar en casi todo momento el bienestar para la mayoría, pero este bienestar debe ser encontrado en un consenso formado por las opiniones de cada individuo y, de esta forma, encontrar una democracia real, en la que las normas sociales (y el resto), si representaran las opiniones generales de la población al completo (o al menos de una mayoría considerable). Si esto no es utópico (lo que es muy probable), realmente es muy complicado y yo, desde luego, no puedo encontrar la respuesta.

Teresa Díaz de Atauri Colás

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